Prueba de acceso
El proceso selectivo consistirá en una fase de oposición y en un curso selectivo con las pruebas y puntuaciones que se especifican a continuación.
FASE DE OPOSICIÓN: constará de los siguientes ejercicios obligatorios y eliminatorios:
Primer ejercicio: Consistirá en
contestar por escrito un cuestionario de un máximo de 100 preguntas basado en las materias del temario que figura en el programa de estas normas específicas, pudiendo preverse 3 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 100 anteriores.
El cuestionario estará compuesto por preguntas con respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Para su realiza- ción, los aspirantes deberán señalar en la hoja de examen las opciones de respuesta que estimen validas de acuerdo con las instrucciones que se faciliten. Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de noventa minutos.
Segundo ejercicio: Consistirá en
desarrollar por escrito un cuestionario de, como máximo 18 preguntas, propuestas por la Comisión Permanente de Selección sobre las materias contenidas en los bloques I, II y III del programa contenido en estas normas específicas. Entre dichas preguntas se podrá incluir la realización de supuestos prácticos. El ejercicio deberá escribirse de tal modo que permita su lectura por cualquier miembro de la Comisión Permanente de Selección o sus Comisiones Delegadas, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito. El tiempo para la realización del ejercicio será de dos horas.
En este ejercicio se valorará la formación y los conocimientos generales, la claridad y orden de ideas y la capacidad de expre- sión escrita. Igualmente, en las preguntas que consistan en la realización de supuestos prácticos se valorará la capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen, la sistemática, la capacidad de análisis y la capacidad de expresión escrita del aspirante.
Tercer ejercicio: Consistirá en la
resolución por escrito de un supuesto práctico. Para la realización del supuesto la Comisión Permanente de Selección podrá proponer a los aspirantes la posibilidad de elegir entre dos supuestos, relacionados con materias de los bloques IV, V y VI del programa incluido en este Anexo. El tiempo para la realización de este ejercicio será de tres horas.
El ejercicio será posteriormente leído ante la Comisión Permanente de Selección en sesión pública. Una vez leído, la Comisión Permanente de Selección podrá realizar cuantas preguntas considere necesarias durante un período máximo de veinte minutos.
En este ejercicio se valorará la capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen, la sistemá- tica, la capacidad de análisis y la capacidad de expresión escrita y oral del aspirante.
CURSO SELECTIVO:
El curso selectivo será organizado por el Instituto Nacional de Administración Pública y tendrá como finalidad primordial la adqui- sición de conocimientos que doten a los aspirantes de la preparación específica para el ejercicio de sus funciones.
El Director del Instituto Nacional de Administración Pública establecerá el calendario, programa y normas internas que regulen el curso selectivo.
De conformidad a lo establecido en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015 por el que se aprueba el II Plan de Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado, el curso selectivo incluirá un módulo sobre igualdad entre mujeres y hombres y otro sobre violencia de género.
El carácter selectivo del curso exigirá la superación por los aspirantes de pruebas teóricas, prácticas o de ambos tipos en relación con las áreas básicas de formación que se impartan.
El curso se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario para superarlo obtener, como mínimo, 15 puntos.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el derecho al nombramiento como funcionarios de carrera mediante resolución motivada del Director del Instituto Nacional de Administración Pública, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
El Director del Instituto Nacional de Administración Pública elevará a la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas las evaluaciones del curso selectivo, al objeto de que sean incorporadas a la calificación final de las pruebas selectivas.
CALIFICACIÓN FINAL:
La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el curso selectivo, y si esto no fuera suficiente, en el primer ejercicio, tercero y segundo, por este orden.