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Los universitarios que reciban el Ingreso Mínimo Vital no tendrán que pagar matrícula

El Ingreso Mínimo Vital podrá exonerarte de pagar matrícula

La intención del Ejecutivo es paliar en parte los efectos de la pandemia sobre la economía de las familias donde hay estudiantes universitarios. Con la inclusión de esta resolución (la disposición transitoria quinta) se atiende también a los casos que han sufrido las consecuencias económicas de la COVID-19.

Este curso los requisitos para recibir las becas del Ministerio se han flexibilizado, lo que amparará a más estudiantes. Sin embargo, hay que tener en cuenta que las becas se calculan sobre los ingresos recibidos durante el ejercicio anterior, el 2019, cuando todavía el coronavirus no había causado estragos a nivel mundial. Por lo que se  puede dar el caso de personas que reciban el Ingreso Mínimo Vital y, sin embargo, no consigan su beca de estudios, por los ingresos que tuvieron el año pasado.

Tres aspectos clave en la bonificación al pago de la matrícula

La disposición transitoria quinta se basa en tres puntos:

1.º A quienes se les reconozca el derecho al Ingreso Mínimo Vital durante los meses de junio a diciembre de 2020, tendrán derecho a que se les exonere del pago de la matrícula de sus estudios universitarios durante el curso 2020-2021.

2.º Esta exoneración se aplicará sobre estudiantes que hayan solicitado, por un lado, la beca del Ministerio, y que no se la hayan concedido debido a que superaban el umbral de renta fijado para ello; y, por otro lado, que sean además beneficiarios  del Ingreso Mínimo Vital (ellos o sus familias).

3.º Las universidades que no reciban el pago de las matrículas serán compensadas de manera reglamentaria por la Administración.

Ten en cuenta que el Ingreso Mínimo Vital se puede solicitar desde el 15 de junio.

¿Puedes beneficiarte de esta ayuda si compartes piso con otros beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital?

El Ingreso Mínimo Vital se otorga por unidad de convivencia. Esto no quiere decir que todas las personas que viven en una casa tienen que ser una unidad de convivencia. Solo lo serán aquellas que estén unidad por un vínculo matrimonial o de pareja de hecho, y sus familiares hasta segundo grado de consanguinidad.

Esto quiere decir que, si compartes piso con otros estudiantes, podríais ser todos beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital y, a la vez, solicitar la beca del Ministerio y quedar exentos del pago de la matrícula de vuestros estudios.


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